Corte de Antofagasta condena a Instituto de Neurocirugía y Hospital Regional por falta de servicio y ordena indemnizar a padres de paciente fallecido

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Deberán pagar una indemnización total de 200 millones de pesos debido a una negligencia médica.

La Corte de Apelaciones de Antofagasta condenó al Instituto de Neurocirugía y al Hospital Regional Dr. Leonardo Guzmán a pagar una indemnización total de $200.000.000 a los padres de paciente de 16 años que falleció el 23 de noviembre de 2016, debido a la atención negligente en atención de una hepatitis aguda fulminante.

En fallo unánime (causa rol 369-2023), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Virginia Soublette Miranda, Juan Opazo Lagos y Eric Sepúlveda Casanova– confirmó la sentencia dictada por el Cuarto Juzgado Civil de Antofagasta que condenó en costas a las demandadas.

Para el tribunal de alzada, en la especie: “(…) se tuvo por acreditado que existió conducta negligente de ambas demandadas, en lo referido a su gestión, personal médico, dependiente de estas consistentes en un alta médica sin el procedimiento prescrito en los protocolos, un procedimiento de derivación confuso, sin información oportuna al paciente, prestación médica deficiente e inoportuna, que, como concluyó el informe pericial, pudo ser previsto y evitado, ocasionando la muerte del hijo de los demandantes por una hepatitis aguda fulminante”.

Respecto al actuar del Instituto de Neurocirugía, el fallo consigna que: “No obstante estar tratando a un paciente que en el proceso postoperatorio de una intervención quirúrgica relevante, presenta un cuadro que no resulta determinado respecto del cual solo se elaboraron hipótesis diagnósticas y que puede derivar en complicaciones graves, se desliga absolutamente sin adoptar medidas elementales de coordinación e información para cerciorarse que sea debidamente atendido, denotando así una falta de profesionalismo y de humanidad injustificable, al tiempo que la explicación que se ensaya en el recurso es pueril pues en esto nada tiene que ver el lugar donde supuestamente deba remitirse la contrarreferencia”.

La resolución agrega que: “(…) la falla en el diagnóstico del Hospital Regional, precedida de la falta al deber de continuidad en la atención del 31 de octubre de 2016, restó al niño posibilidades de obtener un diagnóstico preciso en su segunda concurrencia al servicio de atención de urgencia y un importante tiempo para recuperar la salud, resaltando que el error de diagnóstico por parte del Hospital Regional de Antofagasta, producto de la falta de servicio del Instituto de Neurocirugía pudo ser previsto, existiendo tecnología y antecedentes en su ficha clínica de traslado a dicho establecimiento”.

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