Absuelto por falta de pruebas: Tribunal de Antofagasta exculpa a imputado del cargo de homicidio

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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta ha dictaminado un fallo unánime absolviendo a Luis Alberto Zepeda Rivera de los cargos de homicidio, formulados en su contra por el Ministerio Público. Según la acusación, Zepeda habría perpetrado el delito consumado de homicidio en octubre del año pasado en la vía pública.

El tribunal, compuesto por las magistradas Marcela Mesías Toro (presidenta), Luz Oliva Chávez y María Isabel Rojas (redactora), ha establecido que el 11 de octubre de 2022, alrededor de las 15:35 horas, en una construcción de material ligero denominada “ruco”, ubicada en un costado de la línea férrea en la Avenida Las Industrias de Antofagasta, la víctima René Ferrada Veas fue agredida con un arma corto punzante, causándole la muerte minutos después debido a una hipovolemia aguda secundaria a una herida penetrante torácica con lesión del pulmón derecho por arma blanca.

Sin embargo, el tribunal ha determinado que la prueba de cargo presentada durante el juicio resultó insuficiente para acreditar fehacientemente que Luis Zepeda Rivera fue el autor de la herida que ocasionó la muerte de la víctima. Según el fallo, solo se logró establecer que la víctima murió a consecuencia de una puñalada propinada por un tercero, no siendo posible vincular directamente a Zepeda Rivera con el hecho.

Además, el fallo destaca que la única testigo que señaló directamente a Zepeda Rivera durante la investigación, no se presentó a la audiencia de juicio oral, y se encontraron inconsistencias en sus declaraciones a la policía, lo que imposibilita despejar las dudas sobre la veracidad de su testimonio. El abogado defensor también planteó la tesis de que esta testigo podría haber sido la autora de la herida mortal a la víctima.

Por lo tanto, el tribunal concluye que no se ha podido corroborar que Zepeda Rivera haya incurrido en la conducta delictiva señalada por el ente persecutor, quedando únicamente en un ámbito de probabilidad. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 340 del Código Procesal Penal, se procede a absolverlo de todos los cargos formulados en su contra.

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