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Pensión de alimentos al cónyuge: abogada explica cuándo se puede pedir y cómo se cobra

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El Código Civil reconoce el derecho a pensión de alimentos entre cónyuges vigentes si existe estado de necesidad. El proceso exige una mediación previa.

por | Jul 2, 2026 | Sociedad

La pensión de alimentos no solo aplica para hijos e hijas. La abogada Francisca Henríquez explicó en Radio Madero que el Código Civil también reconoce este derecho para el o la cónyuge, siempre que exista un vínculo legal vigente y una situación económica que justifique la solicitud.

La profesional aclaró que esta pensión no es exclusiva para mujeres. Puede pedirla cualquiera de los cónyuges que se encuentre en estado de necesidad, es decir, que no cuente con ingresos suficientes para cubrir sus gastos básicos.

¿Cuándo se puede solicitar?

Henríquez precisó que esta figura responde al deber de ayuda y socorro propio del matrimonio. Incluso puede solicitarse cuando la pareja sigue viviendo bajo el mismo techo, pero se encuentra separada de hecho y ya no existe una vida común.

La abogada diferenció esta pensión de la compensación económica, ya que esta última se discute al momento del divorcio, mientras que la pensión de alimentos requiere que el matrimonio siga vigente. Una vez que se disuelve el vínculo matrimonial, también termina esta obligación.

Para pedirla, primero debe existir un proceso de mediación familiar. Si no hay acuerdo, se puede presentar una demanda ante el Juzgado de Familia, donde se evaluará la necesidad de quien solicita la pensión y la capacidad económica de quien debería pagarla.

¿Cómo se determina el monto?

A diferencia de la pensión de alimentos para hijos, en este caso no existen porcentajes mínimos fijados por ley. El monto se determina caso a caso, considerando ingresos, edad, salud, patrimonio, vivienda y situación laboral de ambas partes.

Henríquez explicó que el proceso puede durar cerca de seis meses, aunque el tribunal puede fijar alimentos provisorios desde que admite la demanda a tramitación, si existen antecedentes suficientes.

Pago e incumplimiento

Finalmente, la abogada recordó que estas pensiones se pagan en UTM, de forma anticipada, y que tienen las mismas medidas de cobro que otras pensiones de alimentos, incluido el ingreso al Registro Nacional de Deudores en caso de incumplimiento.

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