Dirección General de Aguas de Antofagasta multa a minera por construcción de obras no autorizadas 

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La Dirección Regional de Aguas del MOP Antofagasta resolvió aplicar una multa de 412,8 UTM (aproximadamente $26.036.947) a Minera Algorta Norte S.A. por la construcción no autorizada de obras hidráulicas mayores en la comuna de Sierra Gorda y además, le ordenó en un plazo de 9 meses presentar el proyecto de construcción y operación de las obras fiscalizadas para aprobación de la DGA. 

El seremi de Obras Públicas, Pedro Barrios, precisó que la empresa construyó 6 pozas de evaporación solar que sobrepasan los 50 mil metros cúbicos y que requieren la aprobación del Director General de Aguas para su construcción, según lo indica el Código de Aguas, lo cual no se realizó. 

Esta fiscalización es una de muchas que realiza la DGA, ante lo cual el seremi Pedro Barrios destacó: “Las fiscalizaciones en terreno que efectúa el ministerio, a través de la DGA, son esenciales para proteger el recurso hídrico de la región y sancionar las malas prácticas que afecten dicho recurso. Si bien, este año la DGA aumentó el recurso humano para llevar a cabo estas labores, permitiendo mayores inspecciones, nuestro objetivo final no es seguir multando, sino terminar con la extracción ilegal de agua y hacer un llamado a tomar conciencia para aportar en su cuidado, ya que es un recurso imprescindible pero lamentablemente”. 

Minera Algorta 

Respecto a la minera multada, la directora regional de la Dirección General de Aguas, Marcela Astudillo, explicó que la minera, dedicada a la extracción y producción de yodo en base a la explotación del caliche, ya canceló la multa en la Tesorería General de la República, pero tendría pendiente presentar de aquí a septiembre los proyectos de las pozas fiscalizadas para analizar si éstas cumplen con el diseño hidráulico y estructural según el reglamento de las obras que deben ser aprobadas por la DGA.  

La normativa es clara, los embalses de capacidad superior a 50 mil metros cúbicos o cuyo muro tenga más de 5 metros de altura requiere la aprobación de la DGA para su construcción y se otorgará la autorización una vez aprobado el proyecto definitivo y siempre que se haya comprobado que la obra no afectará la seguridad de terceros ni producirá la contaminación de las aguas. Lo anterior es independiente de las autorizaciones ambientales con que cuenta la empresa para su proyecto minero”, indicó.  

Agregó que esta fiscalización fue parte de un “Programa de Fiscalización en Base a Teledetección” a nivel nacional, el cual pone a disposición nuevas tecnologías para orientar las fiscalizaciones mediante el análisis e interpretación de imágenes satelitales (percepción remota o teledetección) utilizando el Índice de Diferencia de Agua Normalizado (NDWI), que en el caso de la región de Antofagasta, se utilizó para  identificar obras hidráulicas mayores,  principalmente del tipo “embalses ” descritos en el artículo 294 de Código de Aguas, que estuviesen sin autorización de este Servicio en todo el territorio, permitiendo optimizar y focalizar los esfuerzos de la DGA.  

Posteriormente, un equipo de la Unidad Regional de Fiscalización y Medio Ambiente, junto a la Unidad de Gestión Tecnológica del Agua de la DGA del nivel central, realizaron una inspección ocular y usaron aeronaves piloteadas remotamente sobre el conjunto de pozas de evaporación solar ubicada en el sector de Oficina Ercilla, al interior de Minera Algorta. En la oportunidad se detectó una poza en construcción, una en reparación y otras 4 operativas, todas con un volumen mayor a 50 mil metros cúbicos. 

Astudillo señaló que durante el 2022 la Unidad Regional de Fiscalización y Medio Ambiente resolvió 121 expedientes de fiscalización, de los cuales 88 derivaron en multas por 5.379 UTM ($328.963.503 aproximadamente). Añadió que las infracciones más recurrentes en la región de Antofagasta son incumplimiento del monitoreo de extracciones efectivas –lo cual implica registrar la obra de captación, instalar un sistema de monitoreo y de transmisión de caudales a la DGA para verificar que cada usuaria/o extraiga aguas conforme al derecho otorgado y al mismo tiempo monitorear el comportamiento y sustentabilidad del acuífero y cuenca-, extracción no autorizada de aguas y obras no autorizadas en cauces.  

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