Despachado a segundo trámite: Cámara de Diputados aprueba proyecto contra la violencia digital

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La Sala de la Cámara de Diputados aprobó y despachó al Senado el proyecto de ley que sanciona la violencia digital en sus diversas formas y otorga protección a las víctimas.

La iniciativa, presentada por la diputada Maite Orsini (FA) y respaldada por diversos parlamentarios, que establece sanciones para quienes difundan contenido íntimo sin consentimiento y para los que realicen conductas de hostigamiento a través de medios digitales, fue aprobada por la Sala de la Cámara de Diputados.

El proyecto de ley prohíbe, tipifica y sanciona la violencia digital en sus diversas formas, otorgando protección a sus víctimas. La propuesta, identificada como boletín 13928, establece penas de prisión y multas para aquellos que exhiban registros de imágenes o sonidos de carácter sexual sin el consentimiento de la persona afectada.

Al respecto, la diputada Maite Orsini, indicó que este es un problema de seguridad pública que debe abordarse seriamente, Según ONU Mujeres, el 32% de las niñas y adolescentes de entre 12 y 14 años ha recibido imágenes no solicitadas de genitales por parte de adultos. No podemos permitir que las infancias sigan siendo acosadas y hostigadas digitalmente sin ninguna sanción para sus agresores. Es un problema de seguridad pública que debe abordarse seriamente, y no puede continuar siendo subestimado o relegado”.

Respecto a las sanciones, el proyecto establece penas de prisión y multas de 5 a 10 UTM para aquellos que exhiban registros de imágenes o sonidos de carácter sexual obtenidos con consentimiento, pero bajo la expectativa de no ser exhibidos a terceros. En caso de envío, difusión o publicación, la pena será de presidio menor en su grado mínimo (61 días a 540 días) y multa de 11 a 20 UTM.

Además, se sancionará la conducta de hostigamiento con penas de presidio menor en su grado mínimo o multas de 6 a 10 UTM. Esta conducta se define como la insistencia en seguir o vigilar a una persona, intentar establecer contacto con ella por cualquier medio, llamarla por teléfono o enviarle comunicaciones contra su voluntad, perturbando gravemente su vida privada o integridad psíquica.

Si la conducta incluye el envío de imágenes o grabaciones de carácter sexual, la pena será de presidio menor en su grado mínimo y multa de 11 a 20 UTM. En casos donde el agresor tenga una relación de dependencia con la víctima, como custodia, educación o relación laboral, la pena se aumentará en un grado.

Otras Penas y Debate

El proyecto también sanciona la difusión de datos personales idóneos para ubicar físicamente a una persona con multas de 5 a 10 UTM. Las penas se incrementarán en un grado si el delito se comete contra menores de 14 años, por cónyuges o convivientes de la víctima, de manera anónima o falseando identidad, o para obtener dinero o bienes.

Durante el debate, algunos legisladores valoraron el proyecto como una respuesta necesaria para proteger a las víctimas de violencia digital. Sin embargo, hubo críticas sobre la amplitud de la redacción en el tema de hostigamiento, considerándola difícil de penalizar y señalando la necesidad de mayor persecución penal.

El proyecto de ley ahora espera su revisión en el Senado.

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