El regreso de Karen Rojo a Chile, luego de permanecer privada de libertad en Países Bajos, reabrió una de las principales interrogantes en torno a la exalcaldesa de Antofagasta: cuánto tiempo deberá permanecer en prisión y si alguna vez podría intentar volver a ocupar un cargo de elección popular.
El tema fue analizado en el matinal de Madero por la abogada Francisca Henríquez, quien explicó los alcances de la sentencia dictada contra la exautoridad por el delito de fraude al Fisco. Rojo arribó durante la mañana de este miércoles 15 de julio en un vuelo comercial procedente de Madrid, bajo custodia de funcionarios de la Policía de Investigaciones e Interpol. Posteriormente fue trasladada para ser puesta a disposición del tribunal encargado de ejecutar su condena.
La exjefa comunal fue condenada a cinco años y un día de presidio efectivo, luego de que la justicia acreditara el uso de cerca de $24 millones de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta para financiar una asesoría vinculada a su campaña de reelección.
Junto con la privación de libertad, el fallo estableció una inhabilitación temporal para ejercer cargos, empleos u oficios públicos durante cinco años y un día, además de una inhabilitación absoluta perpetua para ejercer derechos políticos.
¿Puede volver a ser candidata?
Durante la conversación en Madero, Henríquez explicó que esta última sanción no corresponde a una decisión del Tribunal Calificador de Elecciones, sino a una pena accesoria impuesta por un tribunal penal mediante una resolución firme y ejecutoriada.
“Esta es una sentencia dictada por un Tribunal de Juicio Oral en lo Penal y no puede ser alterada por el Tribunal Calificador de Elecciones”, señaló la abogada.
El Código Penal establece que la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer derechos políticos implica la pérdida de esos derechos y la incapacidad para recuperarlos u obtener cargos de elección popular mientras la sanción mantenga plenamente sus efectos.
Por ello, bajo la sentencia actualmente vigente, Rojo no puede presentarse como candidata a alcaldesa, gobernadora, parlamentaria ni a otro puesto definido mediante votación popular.
Sin embargo, la afirmación de que “nunca más” podría recuperar su ciudadanía política requiere una precisión. La Constitución contempla que las personas que pierden la calidad de ciudadano por haber recibido una pena aflictiva pueden solicitar una rehabilitación ante el Senado una vez cumplida la condena. Esto no ocurre automáticamente ni significa que el Tricel pueda simplemente dejar sin efecto la sentencia.
El tiempo cumplido en Países Bajos
Otra de las preguntas que deberá resolver la justicia es cuánto tiempo de cárcel le resta cumplir en Chile.
La profesional explicó que el periodo durante el cual Rojo permaneció privada de libertad en Países Bajos por la solicitud de extradición chilena debería ser considerado como abono a la condena de cinco años y un día.
“Ella debiera abonar a la pena el tiempo que permaneció privada de libertad en Países Bajos, porque esa reclusión se produjo por este delito y a raíz del requerimiento de la justicia chilena”, indicó Henríquez.
La consideración de ese periodo podría reducir de manera importante el tiempo que le reste en una cárcel nacional. No obstante, el cómputo definitivo deberá ser determinado judicialmente a partir de los antecedentes oficiales remitidos por las autoridades neerlandesas. El Ministerio Público ya había anticipado que el tiempo de privación de libertad en el extranjero sería reconocido como abono.
También deberá resolverse el recinto penitenciario donde continuará cumpliendo la pena, considerando que su condena fue dictada en Antofagasta, aunque su ingreso al país y las primeras actuaciones judiciales se desarrollaron en Santiago.
No salió clandestinamente de Chile
La abogada sostuvo que la exalcaldesa no abandonó Chile clandestinamente ni evadió un control migratorio. Al momento de tomar el vuelo, no existía una orden de arraigo vigente que impidiera su salida.
Rojo viajó por un paso habilitado, presentó sus documentos ante la PDI y abordó un vuelo internacional de manera regular. La Fiscalía no había solicitado una medida cautelar de arraigo mientras se resolvían los recursos contra la condena, situación que posteriormente generó fuertes cuestionamientos al Ministerio Público.
La precisión no elimina su posterior condición de prófuga. Una vez que la Corte Suprema confirmó la sentencia y Rojo no se presentó para comenzar a cumplir la pena, la justicia emitió una orden de detención y activó una notificación internacional de Interpol.
Fue detenida en julio de 2022 en Países Bajos, donde permaneció recluida mientras se tramitaba un extenso proceso de extradición, finalmente resuelto con su entrega a las autoridades chilenas.
“En Chile las sentencias se cumplen”
Tras concretarse el traslado, el fiscal regional de Antofagasta, Juan Castro Bekios, destacó la coordinación entre el Ministerio Público, Cancillería, la PDI, Interpol y las autoridades del Reino de los Países Bajos.
“Hoy se materializa el cumplimiento de una sentencia firme, dictada por los tribunales de Antofagasta. El mensaje es uno solo: en Chile las sentencias se cumplen, no importa cuánto tiempo pase ni quién sea la persona condenada”, afirmó.
El fiscal agregó que las controversias procesales que plantee la defensa serán resueltas por los tribunales competentes, instancia donde el Ministerio Público expondrá su posición. El retorno de Karen Rojo, cuatro años después de su detención en Europa, cierra el capítulo de la extradición, pero abre una nueva etapa judicial: el cálculo exacto de la pena restante, la definición del recinto penitenciario y las eventuales solicitudes que pueda presentar su defensa.



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