Condenan a excarabinero por abuso sexual en contra de una profesora en la Provincia del Huasco

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La Fiscalía Local de Vallenar indagó y obtuvo una condena luego de acreditar la participación de un excarabinero por la comisión de un delito de abuso sexual, hecho ocurrido en un recinto educacional de la Provincia del Huasco.

Los antecedentes de esta causa fueron argumentados en la audiencia de Juicio Oral por el fiscal jefe de Vallenar, Nicolás Zolezzi Briones, quien presentó a los Jueces distintos medios de prueba y evidencia, material probatorio que permitió acreditar la acusación en contra del imputado, quien fue dado de baja de la institución luego de la condena.

Respecto de los antecedentes, Zolezzi Briones indicó que los hechos ocurrieron en el mes de septiembre del año 2022 en un recinto educativo de la zona, lugar al que el acusado llegó  e interactuó con la docente víctima, quien rechazó las insinuaciones del imputado.

“Esto motivó que el acusado se abalanzara sobre la víctima adulta mientras ella estaba en su lugar de trabajo en horario de la tarde, a quien tomó con fuerza para desplegar la agresión sexual en su contra y cuya acción en todo momento intentó repeler la ofendida. Sin embargo, el agresor logró superar la defensa y oposición de la víctima, permitiendo con ello realizar agresiones de significación sexual y de relevancia mediante contacto corporal en distintas partes del cuerpo, aun cuando en todo momento la afectada intentaba huir y repeler los abusos sexuales cometidos por el funcionario policial”, dijo el fiscal.

A juicio de la Fiscalía los hechos denunciados fueron calificados como abuso sexual a persona mayor de 14 años utilizando la fuerza, cabiéndole al exfuncionario policial la calidad de autor del ilícito.

Durante el desarrollo de la audiencia de Juicio la Fiscalía presentó el testimonio de la víctima, además de otros antecedentes con los cuales pudo acreditar la participación del imputado en el delito.

Cuestión que llevó a la Jueces del mencionado Tribunal a condenarlo a la pena de 3 años y un día de presido, además de la inhabilidad para ocupar cargos y oficios públicos durante el periodo que se extienda la condena. Esto al acoger, con los antecedentes expuestos, la teoría del caso del Ministerio Público.

En la audiencia de lectura de sentencia el Tribunal informó que, reuniéndose los requisitos que la Ley establece, entre estos la irreprochable conducta anterior esto es, ausencia de antecedentes penales, la pena privativa impuesta fue sustituida por la libertad vigilada intensiva, debiendo el condenado presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería y someterse a un plan de intervención individual, mientras que, en caso de quebrantamiento de la pena impuesta, se le reemplazará por una de mayor intensidad.

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