Presidente Gabriel Boric promulga Ley Anti Narcotráfico

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Durante la mañana de este martes, el Presidente de la República Gabriel Boric junto a la Ministra del Interior, Carolina Tohá y el Ministro de Justicia, Luis Cordero, entre otras autoridades, se trasladaron hasta Viña del Mar con el objetivo de realizar la promulgación de la Ley Antinarcotráfico, un proyecto que mejora la persecución del narcotráfico y crimen organizado, regula el destino de los bienes incautados en esos delitos y fortalece las instituciones de rehabilitación y reinserción social.

En este sentido, el Presidente de la República indicó que el objetivo por parte del Gobierno es disminuir los delitos,

En cuanto a esta ley, el proyecto había sido despachado por el Senado el 14 de marzo. Sin embargo, su promulgación fue suspendida en dicha ocasión, debido al requerimiento presentado por Chile Vamos para impugnar el artículo sobre el cultivo de cannabis para el uso medicinal, el cuál finalmente fue rechazado por el Tribunal.

Por otro lado, durante el anuncio, el mandatario comentó de qué trata esta ley, 

Cabe destacar, que esta norma también sanciona a quien administre sustancias ilícitas a terceros sin su consentimiento, quienes pueden llegar a presidio mayor en sus grados mínimo a medio, es decir de 5 años y un día a 15 años. Castiga a quienes suministren a menores de 18 años sustancias que contengan solventes o gases inhalantes capaces de provocar daños a la salud o dependencia física o psíquica. 

Como también destaca la protección hacia los menores de 18 años, ya que puede aumentar los grados de pena según el delito, lo que incorpora los relacionados a las drogas como también el proveer armas a menores de edad para fines delictivos.

Decomisos e incautación de bienes de narcotraficantes

Entre los instrumentos incautados se incorporan bienes muebles e inmuebles, que el juez de garantía podrá destinar provisionalmente a petición del Ministerio Público. Igualmente, se podrán destinar a una institución del Estado o, previa caución, a una institución privada sin fines de lucro. Se exigirá que su objetivo institucional sea la prevención del consumo indebido, el tratamiento y la rehabilitación de las personas afectadas por la drogadicción.

Con estas modificaciones, las unidades policiales podrán ocupar, por ejemplo, un inmueble que fue decomisado a un narcotraficante por ser fruto del narcotráfico, mientras dura el juicio.

Se introducen mejoras en los procesos para la enajenación temprana de bienes, posibilitando que el SENDA pueda solicitar esta enajenación. Además, se amplían los bienes susceptibles de ser enajenados tempranamente, esto con el fin de agilizar los procesos.

La legislación también incorpora normas para destinar permanentemente bienes decomisados a instituciones que trabajan en la prevención, reinserción y rehabilitación como SENDA.

Nuevas facultades para ir tras la ruta del dinero y los precursores químicos

Otra de las novedades es que la legislación entrega mayores facultades de fiscalización a la PDI y Carabineros, respecto de las personas que están o deben estar inscritas en el registro de precursores y sustancias químicas.

La ley recién promulgada amplía el catálogo de las empresas obligadas a reportar operaciones sospechosas a la Unidad de Análisis Financiero. Esta modificación tiene por objeto fortalecer la lucha contra la criminalidad organizada, desde un aspecto económico, dado que permitirá identificar en nuevos rubros actividades destinadas a ocultar el origen ilícito de los bienes.

Cultivo medicinal

También, se entenderá justificado el cultivo de cannabis para la atención de un tratamiento médico. Ello, con la presentación de una receta médica extendida por un médico cirujano tratante. Dicho documento debe indicar el diagnóstico de la enfermedad, su tratamiento y duración. Junto a esto, también se debe referir a la forma de administración, la que no podrá ser mediante combustión.

La norma también sanciona con pena de presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días) a quien use recetas falsas para justificar el cultivo de cannabis. La pena aumentará en un grado en caso de comercialización de la droga o facilitación a un tercero.

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