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Ley Valentín: protección contra caídas será obligatoria en condominios desde 2028 donde vivan niños de hasta 12 años

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Henríquez precisó que la ley no exige exclusivamente mallas. El propósito es proteger los puntos desde los cuales pueda producirse una caída accidental, como ventanas, balcones y terrazas, mediante sistemas idóneos para cada caso.

por | Oct 3, 2026 | Sociedad

La llamada Ley Valentín ya fue publicada, pero la obligación de instalar protecciones contra caídas comenzará a exigirse en septiembre de 2028. Durante en matinal Madero en casa Antofgasta, la abogada Francisca Henríquez aclaró a quiénes alcanza la nueva norma y qué medidas pueden adoptarse en las viviendas.

La Ley N.º 21.842, publicada el 23 de septiembre de 2026, modifica la Ley de Copropiedad Inmobiliaria. Se aplica a viviendas ubicadas sobre el primer piso que formen parte de un condominio y en las que residan niños menores de 12 años o personas cuya situación implique un mayor riesgo de caída. Esto incluye departamentos y también casas de varios pisos acogidas al régimen de copropiedad.

La obligación será exigible una vez transcurridos 24 meses desde la publicación de la ley, que habla de «niños o niñas de hasta doce años de edad», por lo que un niño de 12 años sí está incluido.

Henríquez precisó que la ley no exige exclusivamente mallas. El propósito es proteger los puntos desde los cuales pueda producirse una caída accidental, como ventanas, balcones y terrazas, mediante sistemas idóneos para cada caso.

Arrendatarios también tienen responsabilidad

«Lo importante es que efectivamente se cumpla el fin último de esta norma, que es evitar los accidentes», sostuvo.

La abogada señaló además que la obligación no desaparece porque la vivienda sea arrendada: propietarios, arrendatarios u otros ocupantes deberán considerar las medidas de protección cuando se den las condiciones previstas por la ley. Los reglamentos de los condominios tampoco podrán impedir su instalación.

La norma lleva el nombre de Valentín, un niño que murió en 2025 tras caer desde un edificio en San Pedro de la Paz, Región del Biobío.

Para Henríquez, uno de los límites de la reforma es que, al modificar la ley de copropiedad, deja fuera de esta obligación a las casas particulares que no pertenecen a un condominio, aunque tengan más de un piso. También observó que la nueva disposición no establece una multa específica por incumplirla.

Finalmente, llamó a revisar las protecciones que ya están instaladas. Advirtió que una malla puede deteriorarse con el tiempo y la exposición al sol, por lo que cumplir el objetivo de la ley requiere comprobar que el sistema siga siendo seguro. «Ojalá no esperen los dos años», planteó.

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