Corte Suprema revoca libertad condicional a Celestino Cordova

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Fuente: Cooperativa

La Corte Suprema revocó este lunes la libertad condicional del machi Celestino Córdova, quien se encontraba fuera de la cárcel desde la semana pasada por determinación de la Corte de Apelaciones de Temuco.

En fallo dividido, el máximo tribunal decidió que Córdova regrese al Centro de Estudio y Trabajo (CET) de Vilcún, donde permanecía cumpliendo la pena de 18 años de presidio como coautor del delito consumado de incendio con resultado de muerte del matrimonio Luchsinger-Mackay.

El dirigente mapuche había recibido el beneficio por parte de la Comisión de Libertad Condicional de La Araucanía, después de que la Corte de Apelaciones de Temuco acogiera el recurso de amparo de su defensa y anulara la resolución anterior de la referida instancia.

En el documento, la Suprema afirmó que el condenado no cumple con los requisitos establecidos por dicha comisión para entregar este beneficio, entre ellos el “informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería“, que estableció que Córdova “no satisface el requisito” para optar a la libertad condicional.

“Respecto de evaluación especializada y según informe pericial psicológico, el usuario no presenta autoría como tampoco conciencia del delito ni del mal ocasionado con su conducta, destacando que no presenta rasgos ni características de un trastorno psicopático. Mantiene un relato estructurado respecto del delito sin observarse variaciones en torno a esta temática, como tampoco culpa respecto del delito por el cual cumple condena. Sin embargo, presenta un rechazo explícito de las conductas de transgresión a las normas vigentes“, detalló el fallo.

Esto demuestra -según se afirmó- que “pese a la intervención psicosocial que se ha llevado a cabo en el penado, y que le ha permitido escalar en la concesión de permisos intrapenitenciarios y mayor vínculo con el medio libre, no ha sido útil para lograr la rehabilitación en los términos expuestos en la conclusión de la Comisión, esto es, un profundo proceso de cambio y reforma personal que va más allá de la ubicación física”.

De esta manera, el máximo tribunal afirmó que la decisión de la Comisión de Libertad Condicional de denegar el beneficio en cuestión, “se encuentra debidamente cimentada en el informe psicosocial evacuado por Gendarmería en el mes de marzo de 2023“.

Cabe recordar que poco antes de que se cumplieran 10 años del asesinato, la misma Corte de Temuco ordenó tramitar la libertad condicional para José Tralcal, otro de los condenados por este caso, fallo que semanas después fue también anulado por la Corte Suprema.

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