Como una acción dilatoria sin base jurídica calificó el abogado querellante Pablo Toloza el intento de la defensa de Daniel Andrade por trasladar el Caso Convenios desde los tribunales de Antofagasta a los de Santiago.
El planteamiento no solo apunta al fondo del argumento, sino también al momento en que surge: cuando la investigación ya atravesó sus principales hitos procesales en la región.
“Obviamente, a nuestro entender, es una acción dilatoria. La competencia está clara y, de hecho, ellos mismos la reconocieron”, afirmó Toloza en entrevista con Plataformas Madero.
La crítica se sostiene en un elemento central: “durante toda la etapa investigativa, la defensa no objetó la jurisdicción del tribunal de Antofagasta. Por el contrario, participó activamente en audiencias, debates y gestiones clave del proceso”.
“Han realizado gestiones útiles, han participado en audiencias y en ninguna de ellas señalaron que Antofagasta no era competente. Por tanto, esto es netamente dilatorio”, reiteró.
Reconocimiento previo de competencia
– ¿Cuáles con los argumentos que le permiten asegurar de la inviabilidad de esta acción, abogado?
-Desde el punto de vista procesal, ese antecedente es determinante. La defensa no solo compareció, sino que litigó en el tribunal antofagastino en instancias relevantes, incluyendo medidas cautelares y etapas previas al juicio oral. Entre ellas, el proceso de desafuero de la diputada Catalina Pérez, uno de los momentos más sensibles de la causa.
Para Toloza, ese comportamiento configura un reconocimiento implícito de competencia que debilita cualquier intento posterior de cuestionarla.
“Ellos mismos validaron la competencia cuando realizaron trámites y participaron en audiencias. No tiene sentido venir ahora a desconocerla”, sostuvo.
Sin “doctrina Orrego”
Parte del argumento público que ha acompañado la solicitud apunta a una supuesta estrategia similar a la aplicada en el caso ProCultura, vinculado al gobernador de la Región Metropolitana, Claudio Orrego. Esto, en el marco de la acción de desafuero que fue pedida por los tribunales antofagastinos contra Orrego por el Caso Pro-Cultura que finalmente ganó, tras lo cual, acusó a la fiscalía nortina de “armar un caso falso” en su contra.
Sin embargo, Toloza descarta de plano esa comparación. “No existe una doctrina Orrego. Acá lo que rige son las normas del Código Procesal Penal y del Código Orgánico de Tribunales”, explicó.
Y agregó un punto clave: la competencia territorial se define por el lugar donde se inicia la ejecución del delito. En el caso de Democracia Viva, el principio de ejecución es Antofagasta. Por tanto, la competencia es de Antofagasta”.
La confusión con ProCultura
Según Toloza, existe una lectura errónea respecto de lo ocurrido en el caso ProCultura. “No es que se haya trasladado todo a Santiago. Lo que ocurrió es que distintas aristas se investigan en distintas regiones, dependiendo de dónde se cometieron los hechos”.
En ese sentido, cada región mantiene su propia causa, salvo que exista una decisión formal de acumulación de investigaciones, lo que no ha ocurrido. “Las causas no están agrupadas. Santiago ve su parte, Antofagasta la suya, y así en otras regiones”, dijo.
Este punto resulta clave para desarmar la tesis de traslado generalizado de causas, ya que -en la práctica- lo que existe es una fragmentación territorial de investigaciones paralelas.
El factor tiempo: una ofensiva tardía
El momento en que la defensa plantea la incompetencia también es objeto de análisis del abogado. “A estas alturas del proceso, lo que resta es el avance hacia el juicio oral, luego de que todas las etapas previas se desarrollaran en Antofagasta. Todo lo anterior ya se tramitó en Antofagasta. Cambiar ahora la competencia no tiene sustento”, sostuvo Toloza, para quien la solicitud no busca corregir un error procesal, sino reconfigurar el escenario judicial en una fase.
Pese a que Toloza reconoce que la defensa está en su derecho de utilizar las herramientas que estime pertinentes, introduce un matiz: el uso de esos mecanismos no implica que tengan viabilidad jurídica.
“Las defensas tienen todo el derecho de esgrimir los argumentos que estimen convenientes. Pero eso no significa que tengan fundamento. El análisis final es directo: la competencia está definida por el origen del delito, reafirmada por la actuación procesal de las partes y consolidada a lo largo de toda la investigación y, en ese contexto, el intento de trasladar la causa aparece más como una estrategia de litigación que como una discusión jurídica con posibilidades reales de prosperar”, cerró.



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